Las herencias son procesos especialmente delicados, tanto que en muchas ocasiones terminan convirtiéndose en verdaderos conflictos familiares
Cuando existen varios herederos, la herencia puede convertirse en un tema de discusión e, incluso, de conflicto. Y es que no es infrecuente que, cuando la persona fallecida ha decidido repartir entre varias personas -pertenecientes a la unidad familiar o no- su patrimonio, surjan numerosos desacuerdos.
En una situación tan delicada como esta, en la que además de afrontar la pérdida de un ser querido se han de abordar discusiones o negociaciones relacionadas con el proceso de herencia, la asistencia y asesoramiento de profesionales expertos es clave. De la misma forma, conocer con antelación cuáles pueden ser los principales motivos que originan este tipo de conflictos puede servir para anticiparse y, así, ser capaz de gestionarlos más eficazmente.
- El nombramiento de un heredero universal
Se establece como causa principal de conflictos el supuesto en el que el fallecido nombra heredero universal solo a uno de sus hijos.
La mayoría de las veces, esto ocurre porque el progenitor se encuentra incapacitado judicialmente, de modo que quien ejerce su tutela es el hijo que se encarga de sus cuidados. En ocasiones, este último “utiliza esa posición para convencer al padre tutelado para que vaya al notario a cambiar su último testamento, engañándole o no explicándole el porqué de dichos cambios”, indica Sierra.
Algo más radical es lo que sucede en los casos en los que el progenitor firma sin ser del todo consciente un apoderamiento, “para que sea el hijo el que cambie el testamento a su voluntad”, Se, recomienda “valorar muy cuidadosamente este tipo de acciones, que deben basarse en la propia voluntad y confianza, y nunca en coacciones o peticiones de otros”
- La privación de la herencia legítima por causa justa
Otra de las causas que pueden originar un conflicto -o más bien la impugnación por parte del heredero afectado- es la privación de la legítima por causa justa. Aunque existen algunas diferencias en aquellas comunidades autónomas que cuentan con legislación propia (Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco), por norma general un tercio del total de la herencia se corresponde con la legítima. Es decir, constituye aquella parte que debe obligatoriamente ser repartida a partes iguales entre los herederos forzosos del testador.
No obstante, la legislación vigente permite a los testadores desheredar a uno o varios de sus herederos forzosos, siempre y cuando se justifique alguno de los motivos recogidos en el Código Civil. Tal y como señala Crespo, “las causas para desheredar son bastante extremas: haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda, haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra”.
Adicionalmente, existe lo que se conoce como causas de indignidad para heredar. Algunos ejemplos son “atentar contra la vida del testador u obligarle, amenazarle o engañarle para que cambie o revoque su testamento”.
En palabras de Sierra, “estas causas tan genéricas y en ocasiones falsas provocan las impugnaciones de los testamentos, ya que normalmente ha intercedido alguno de los hijos para que el testador desherede a sus hermanos y, así, ser designado él como heredero universal.”
- El reparto de un proindiviso
Otra situación no poco frecuente es la falta de acuerdo a la hora de repartir unproindiviso, es decir, un bien que no es posible dividir. Cuando varias personas heredan un mismo inmueble, por ejemplo, es posible que se generen “situaciones de bloqueo en el reparto de la herencia”.
Recuerda Elena Crespo que, en estos casos, “lo más sencillo es vender el bien y dividirlo según la cuota de participación de cada heredero”. Sin embargo, en ocasiones no existe acuerdo respecto a la voluntad de venta o al precio por el que debería realizarse la operación.
- Las donaciones en vida
Si el testador ha realizado alguna donación en vida a alguno de sus herederos, también es posible que surjan problemas tras el fallecimiento. El motivo es que, muchas veces, el resto de herederos entienden que se trata de una situación ventajosa e injusta. En este contexto, es “relativamente común que surjan reclamaciones por parte del resto de herederos”, señala Crespo.
- Conflictos con el usufructuario
Generalmente, el cónyuge del fallecido adquiere los derechos de usufructo vitalicio, ya sea este parcial o universal. Los conflictos florecen especialmente en estos casos cuando la pareja del testador no es a la vez el padre o la madre de los hijos.
Por su experiencia, Crespo asegura que “cuanto mayor es el patrimonio a heredar, mayor es la posibilidad de conflicto”. Para evitar situaciones de bloqueo que, en ocasiones, pueden llevar a los herederos ante los tribunales, recomienda “dotarse de armas legales, como pueden ser un testamento bien redactado a nivel jurídico, pruebas, o documentos oficiales.”+
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