Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas

Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas

Diariamente, todos nosotros, directa o indirectamente, nos relacionamos con entes públicos. Cuando como consecuencia del ejercicio de cualquier función o actuación administrativa, se ocasiona un daño no directamente querido, que el ciudadano o administrado no tiene el deber de soportar, las Administraciones Públicas deberán reparar el daño.

En nuestro despacho sabemos que cada vez son más los perjudicados como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la administración, por lo que contamos con un equipo de abogados expertos en redacción de informes y ejecución de actuaciones tendentes a la exigencia de tal responsabilidad.

Al efecto, tramitamos la responsabilidad derivada de error médico o negligencia médica, accidente ocurrido en la calle por mal estado de la vía pública o acera, por las lesiones ocasionadas a un ciudadano por la falta o defectuoso mantenimiento de un Organismo Público, así como la ocasionada al Funcionaria Público personal laboral de la propia administración.

«Tramitamos la responsabilidad derivada de error médico o negligencia médica, accidente ocurrido en la calle por mal estado de la vía pública o acera».

 Servicios que ofrece García de Blanes Abogados:  

  • Defensa de los derechos de los ciudadanos frente a la Administración
  • Asesoramiento en la vía administrativa y contencioso-administrativa, estudio de viabilidad de la demanda del caso en concreto.
  • Elaboración de recursos y reclamaciones en vía administrativa
  • Interposición de demanda y recursos en vía contencioso-administrativa
  • Interposición y seguimiento de las actuaciones: demanda, práctica de prueba y escrito de conclusiones, solicitud de medidas cautelares.

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