El TSJA ratifica que la custodia y el régimen de visitas se mantenga pese a la excepcional situación del país por el COVID-19

En la reunión celebrada esta mañana, la Comisión de Seguimiento del TSJA por el COVID-19 asume el acuerdo alcanzado en la Junta de Jueces de Familia de los juzgados de Zaragoza según el cual la custodia y el régimen de vistas debe mantenerse, salvo en supuestos excepcionales y que se deberán justificar adecuadamente. Afirman los jueces que las excepcionales circunstancias en las que ahora vive el país por el COVID-19 “no deben servir de excusa, ni amparar, el incumplimiento de las medidas establecidas en las resoluciones judiciales”.

Los acuerdos alcanzados por los jueces de Familia y asumidos por la Comisión de Seguimiento son los siguientes:

1.- Que se mantengan las visitas de fines de semana, tanto en los supuestos de custodia compartida como individual, exista o no pernocta.

2.- Que Las visitas intersemanales con pernocta se sigan realizando tal y como fueron acordadas.

3.- que en los casos de custodia compartida se efectúen cambios en las fechas de modo que se alcance la mejor solución para que el menor resulte lo menos expuesto posible al coronavirus.

4.- Se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta, tanto en custodia compartida como individual, ya que dada la brevedad de la estancia del hijo con el progenitor supone una exposición innecesaria del menor al riesgo de contagio que se pretende evitar.

5.- Se suspenden también las visitas tuteladas en los puntos de encuentro familiar por suponer una excesiva exposición de los menores dado lo reducido de las dimensiones de las dependencias en que se producen los encuentros.

Respecto a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, y en relación el problema planteado en la sala polivalente (dotada con equipo de grabación) donde no era posible mantener la distancia de seguridad recomendada por sanidad entre las personas, el problema se ha solucionado habilitando la sala de vistas número 21.

Sobre la suspensión de plazos en los procedimientos de los juzgados de lo Social la comisión recuerda que todos los plazos de los procedimientos han quedado suspendidos a excepción los referidos a conflictos colectivos y para la tutela de los derechos fundamentales, y los que tienen que ver con las libertades públicas (regulados en la Ley 36/2011, de 10 de octubre). No obstante, apostillan que los jueces podrán acordar la práctica de cualquier actuación judicial que entiendan sea necesaria para evitar perjuicios irreparables en los derechos e intereses legítimos de las partes en el proceso.

La Comisión de Seguimiento del TSJA recomienda que se evite, por lo general, la firma de las personas que acuden al juzgado, dando fe el Letrado de la Administración de Justicia de la misma y acuerda también dirigirse al Consejo General del Poder Judicial para que se comiencen a estudiar posibles soluciones a adoptar para cuando se alce la suspensión de los plazos y se reanuden los juicios suspendidos dado el escenario al que habrá que hacer frente.

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