COVID-19 – Herederos podrán reclamar a las aseguradoras los servicios no prestados

FACUA-Consumidores en Acción (@facua) advierte de que los herederos de personas fallecidas durante el estado de alarma pueden solicitar al seguro de decesos la diferencia entre el capital asegurado y el coste final de los servicios que les hayan sido prestados.

La Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el Covid-19, recoge una serie de servicios que están prohibidos durante el estado de alarma, como los vinculados a los velatorios o intervenciones a los fallecidos por el coronavirus.

FACUA advierte de que, tal y como establece la Ley del Contrato del Seguro, las aseguradoras deben devolver el coste asociado a dichos servicios no prestados -siempre que la familia del fallecido no destine esa parte de la suma asegurada a otros distintos que sí puedan llevarse a cabo-, ya que no van a poder ser prestados.

El artículo 106 bis de la citada Ley recoge que «en el supuesto de que el asegurador no hubiera podido proporcionar la prestación por causas ajenas a su voluntad, fuerza mayor o por haberse realizado el servicio a través de otros medios distintos a los ofrecidos por la aseguradora, el asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada».

Por tanto, si el coste definitivo del servicio funerario es inferior a la suma que fue asegurada mediante el seguro de decesos, los herederos del fallecido tienen derecho a reclamar cualquier diferencia existente.

Las principales aseguradoras de decesos del mercado español son:

  • Santalucía (@santalucia_seg 91 365 24 24).
  • Ocaso (976 302 398).
  • Mapfre España (@MAPFRE_ES 918 366 240).
  • SegurCaixaAdeslas (@ClientesAdeslas 902 242 242).
  • Preventiva (@GrupoPreventiva 902 30 40 60).

 

Fuente: 65ymas

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