¿Te pueden Condenar por difundir un vídeo de un móvil que has encontrado?

El Juzgado de lo Penal n°1 de Cáceres ha condenado a un hombre a 15 meses de prisión por un delito de descubrimiento de imágenes audiovisuales sin la anuencia de la persona afectada, al difundir el vídeo de contenido sexual que había en un móvil que se encontró.

El hombre se encontró el teléfono móvil en 2015 y, tras retenerlo en su poder durante cierto tiempo, extrajo la tarjeta sim y la colocó en el suyo y así tuvo acceso a los datos almacenados en la tarjeta.

Entre ellos se encontraba un vídeo de contenido íntimo, en el que la mujer propietaria del móvil mantenía relaciones sexuales con su pareja, que exhibió a terceras personas y que incluso difundió a través de un grupo de Whattsapp.
Por ello, ha sido condenado a quince meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

También deberá pagar una multa de seis euros diarios durante quince meses y una indemnización 2.000 euros a la dueña del móvil, además de pagar las costas del procedimiento.

La mujer, indica la sentencia, debido a este episodio, presenta trastorno del sueño, irritabilidad, dificultad de concentración, trastorno del apetito y deterioro social, determinantes de un trastorno por estrés postraumático.

Al condenado se le ha aplicado el atenuante de anomalía psíquica, ya que sus problemas mentales le afectan “de manera notable, sin anularlas, a sus facultades de conocimiento y voluntad”, según la sentencia, que recoge que tiene reconocido un grado de discapacidad de 65%.

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