Impuesto de plusvalía municipal madrid

¿Qué es la plusvalía?

¿Quieres saber si has pagado indebidamente dicho impuesto al Ayuntamiento?

La plusvalía es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es decir, es el impuesto directo que grava el aumento de valor de un inmueble durante los años de posesión y hasta su transmisión, ya sea por venta, herencia o donación.

¿Qué necesita saber de la plusvalía?

Le ayudamos a reclamar el importe pagado de Plusvalía cuando se ha transmitido una propiedad a PÉRDIDAS, dada la inconstitucionalidad de la Artículos que regulan este impuesto.

En caso te hayan notificado la liquidación correspondiente por el Ayuntamiento, y aún no lo hayas abonado, estudiamos tu caso, a fin puedas oponerte al pago en plazo, y evitar así, el cobro de lo indebido por la Administración local.

¿Cómo ayudamos a solucionar ese problema?

Para poder reclamar el importe abonado en concepto de plusvalía, en caso de autoliquidación, es decir, si se ha abonado el impuesto de forma voluntaria al vender el inmueble, contamos con un plazo es 4 años. En caso de liquidación, si el pago se hizo por requerimiento del Ayuntamiento, tendrá 1 mes de plazo desde la misma.

Será necesario, exclusivamente, entregar copia de las escrituras de venta, donación y/o herencia y la del título anterior, junto con el resguardo de pago de la plusvalía (si ya la pagaste) y copia de la liquidación notificada por el Ayuntamiento.

¿Qué ofrecemos a nuestros clientes?

Desde García de Blanes Abogados y Auditores podemos recuperar el importe total de lo que hayas pagado indebidamente por la plusvalía municipal, valorando SIN COMPROMISOmente tu caso, en cualquiera de nuestros despachos ubicados en Madrid, Mérida, y Badajoz.

Nuestras consultas son SIN COMPROMISOs con un equipo de abogados altamente cualificados, ofreciéndole una orientación y solución jurídica sin ningún compromiso.

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